Director General del Medio Natural

 

Territorio Pesca, con Nº XXXX y domicilio en XXXX, XXXX, León  y en condición de interesado en la propuesta de orden por la que se establecen las normas reguladoras de la pesca en la comunidad de Castilla y León para el año 2018, comparezco y como mejor proceda en derecho,

Digo; Que mediante resolución de fecha 5 de octubre de 2018, de la Secretaria General de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, BOCYL 203, por la que se somete al trámite de información pública la propuesta de orden por la que se establecen las normas reguladoras de la pesca en la Comunidad de Castilla y León para el año 2018.

Que, mediante el presente escrito, y en ejercicio de ese derecho, el que suscribe formula, en relación al proyecto de referencia, las siguientes

ALEGACIONES

PRIMERA. Artículo 7. Cebos y señuelos. Que en consonancia con la Ley 9/2013, de 3 de diciembre, de Pesca de Castilla y León, donde se declara a la trucha especie de interés preferente y se obliga a que los ejemplares sean devueltos a las aguas de forma inmediata, procurando ocasionarles el mínimo daño en su manejo cuando la pesca sea sin muerte o no den la talla en los cotos con muerte y AREC, es por lo que los anzuelos debían de ser siempre sin arponcillo o muerte en todas las aguas trucheras. Esto haría más fácil y con menos daño su devolución, y también menos riesgo para el pescador en caso de un clavado accidental.

SEGUNDA. Disposiciones específicas para la pesca en la provincia de León. Apartado 2o.- Excepciones a la fecha de cierre para la pesca de la trucha. Se solicita que se retrase el cierre al 31 de agosto en las siguientes aguas trucheras:

Río Casares: En su curso, desde Geras hasta la unión con el río Bernesga.                                          Río Bernesga;  Aguas abajo de la desembocadura del río Casares.

Ya que dichas aguas trucheras se encuentran reguladas por la presa de Casares, manteniendo un caudal óptimo para la pesca y con garantías estables para los peces. Esto activaría un turismo de pesca con gran importancia económica para la zona.

En virtud de lo expuesto,

SOLICITO que teniendo por presentado este escrito, tenga por formuladas las alegaciones que constan en el cuerpo del mismo, con el objeto de que sean tenidas en cuenta en el procedimiento de referencia y especialmente en la resolución del mismo.

En León, a 14 de noviembre de 2017                                                          Fdo.

 

Dirección General del Medio Natural (C/ Rigoberto Cortejoso, 14, 47014 Valladolid)